Etiqueta: devoluciones de Hacienda

  • Cuenta Corriente Tributaria en 2027 para empresas y autónomos en Sevilla

    Una empresa puede tener pagos tributarios pendientes y, al mismo tiempo, devoluciones reconocidas por la Agencia Tributaria. La Cuenta Corriente Tributaria es un sistema que permite compensar determinados importes, en lugar de gestionar cada pago y devolución por separado.

    La solicitud para que el sistema tenga efectos el año siguiente se presenta en octubre. Por eso, a fecha de publicación de este artículo, 20 de octubre de 2026, empresas y profesionales interesados en utilizarlo en 2027 deberían revisar su situación y consultar el plazo vigente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

    Qué es la Cuenta Corriente Tributaria

    Es un mecanismo voluntario para anotar y compensar ciertos créditos y deudas tributarias de acuerdo con las condiciones establecidas en la normativa. No es una cuenta bancaria ni permite compensar cualquier deuda con cualquier devolución.

    La Cuenta Corriente Tributaria puede resultar útil para negocios que, de forma recurrente, tienen obligaciones tributarias a ingresar y también devoluciones que pueden incorporarse al sistema. Su utilidad dependerá de la situación fiscal concreta de cada contribuyente y de los conceptos que puedan incluirse.

    El procedimiento está regulado en los artículos 138 a 143 del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria, aprobado por el Real Decreto 1065/2007.

    Por qué conviene revisarla en octubre

    La solicitud debe plantearse en octubre del año anterior al que se pretende aplicar el sistema. En consecuencia, quienes quieran solicitar su inclusión para 2027 deben revisar ahora si cumplen las condiciones y si la cuenta se adapta a su forma de gestionar los impuestos.

    No basta con haber tenido alguna devolución: es necesario comprobar los requisitos reglamentarios y analizar qué deudas y créditos podrían entrar. La AEAT ofrece el trámite de solicitud y consulta en su sede electrónica.

    Cuenta Corriente Tributaria en 2027 para empresas y autónomos en Sevilla - Imagen generada por IA
    Imagen generada por IA

    Qué valorar antes de solicitarla

    Antes de iniciar el trámite, puede ser útil revisar estos aspectos con la asesoría:

    • El historial fiscal del negocio, incluyendo pagos y devoluciones.
    • La frecuencia con la que existen importes a ingresar y a devolver.
    • Qué conceptos concretos podrían incorporarse a la cuenta según la normativa.
    • Si se cumplen los requisitos de acceso y se han presentado correctamente las declaraciones exigibles.
    • El efecto sobre la tesorería, comparándolo con la gestión habitual de pagos y devoluciones.

    Este análisis evita asumir que el sistema será ventajoso por el simple hecho de tener una devolución pendiente.

    Qué no debe darse por supuesto

    La Cuenta Corriente Tributaria no significa que Hacienda adelante automáticamente una devolución ni que desaparezcan las obligaciones tributarias. La compensación se limita a los conceptos que contempla la regulación y está sujeta a que la solicitud sea aceptada.

    Tampoco sustituye la presentación de las declaraciones correspondientes. Antes de solicitarla, conviene verificar las condiciones aplicables y resolver cualquier duda sobre el caso particular con asesoramiento fiscal.

    Asesoramiento fiscal para empresas y autónomos en Sevilla

    Asecon Consultores ofrece asesoramiento fiscal a empresas, profesionales y particulares, con atención a la normativa estatal y autonómica en Andalucía. Su equipo también presta asesoramiento contable y financiero, áreas que pueden ayudar a valorar el efecto de las obligaciones fiscales en la gestión del negocio.

    Si estás considerando la Cuenta Corriente Tributaria para 2027, puedes conocer el área de asesoramiento fiscal de Asecon Consultores.

    ¿Quieres saber si la Cuenta Corriente Tributaria puede encajar en la gestión fiscal de tu empresa o actividad profesional?

    Contacta con Asecon Consultores en Sevilla para revisar tu situación antes de presentar la solicitud.

    Preguntas frecuentes sobre la Cuenta Corriente Tributaria

    ¿La Cuenta Corriente Tributaria es obligatoria?

    No. La inclusión requiere una solicitud y está sujeta a los requisitos y al procedimiento establecidos en la normativa.

    ¿Puedo incluir cualquier deuda tributaria?

    No debe darse por hecho. El sistema solo contempla determinados créditos y deudas; hay que comprobar la normativa y las características de cada importe.

    ¿Solicitarla garantiza que Hacienda me devuelva antes?

    No. Su finalidad es compensar ciertos pagos y devoluciones conforme a las reglas del sistema, no garantizar un adelanto de las devoluciones.

    ¿Cuándo hay que solicitarla para que pueda aplicarse en 2027?

    La solicitud se presenta en octubre del año anterior al de aplicación. Para una posible inclusión en 2027, corresponde revisar el trámite durante octubre de 2026 y confirmar el plazo en la Sede Electrónica de la AEAT.

    ¿La Cuenta Corriente Tributaria sustituye la presentación de impuestos?

    No. La cuenta no elimina las obligaciones de presentar las declaraciones que correspondan.

Asecon Consultores
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible.

La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudarnos a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.

Nunca almacenamos información personal.

Tienes toda la información sobre privacidad, derechos legales y cookies en nuestra página de privacidad y cookies.