Etiqueta: criptomonedas

  • Criptomonedas y Modelo 720, ¿Qué debes declarar?

    ¿Por qué las criptomonedas pueden entrar en el Modelo 720?

    El Modelo 720 recoge información sobre bienes y derechos situados en el extranjero. La circular informativa facilitada por Asecon Consultores incluye explícitamente las “monedas virtuales situadas en el extranjero” dentro de los bloques que deben valorarse y, en su caso, declararse. Por tanto, si eres residente fiscal en España y posees criptomonedas que se consideran “situadas en el extranjero” según los criterios aplicables, debes comprobar si concurren los requisitos de declaración.

    ¿Qué bloques del Modelo 720 afectan a las criptomonedas?

    Bloque específico para monedas virtuales

    La normativa distingue un bloque dedicado a monedas virtuales (block d) que debe valorarse de forma independiente al resto (cuentas, valores, inmuebles). Esto implica que puedes estar obligado a declarar criptomonedas aunque no superes los umbrales en otros bloques.

    Umbrales y reglas clave que debes tener presentes

    • Umbral general de 50.000 €
      En términos generales no existe obligación de presentar el Modelo 720 para un bloque cuando el valor conjunto de ese bloque no supera los 50.000 € a 31 de diciembre del ejercicio.
    • Revisión anual y supuestos de nueva obligación
      Se debe volver a presentar cuando un bloque que nunca se declaró previamente supere los 50.000 €, cuando el valor declarado aumente en más de 20.000 € respecto a la última declaración que motivó la presentación, o cuando haya venta/pérdida o cambio de titularidad del bien declarado.
    • Valoración de criptomonedas
      La valoración se hará conforme a reglas aplicables (saldos a cierre del ejercicio o saldos medios, según corresponda). Es esencial documentar el origen y la valoración.

    ¿Qué se considera “situadas en el extranjero” para criptos?

    La circular menciona la obligación respecto a monedas virtuales “situadas en el extranjero de las que se sea titular, o respecto de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición”. Si tus activos están en exchanges o custodias con residencia fiscal fuera de España, o si el control efectivo lo ejerces desde el extranjero según criterios aplicables, conviene revisar la calificación con detalle.

    Guía práctica para residentes en Sevilla: cómo y cuándo declarar criptomonedas en el Modelo 720. Plazos, umbrales y recomendaciones fiscales.

    Pasos prácticos para residentes en Sevilla

    • Inventario: lista todas tus wallets y cuentas en exchanges, indicando titularidad y jurisdicción de la plataforma.
    • Valoración: calcula el valor a 31/12/2025 (o saldo medio del cuarto trimestre si aplica) por cada bloque.
    • Compara umbrales: determina si el bloque de monedas virtuales supera 50.000 €.
    • Revisa historiales: si ya declaraste años anteriores, compara incrementos para ver si superas +20.000 €.
    • Documentación: guarda extractos, movimientos y justificantes de transferencias y conversiones.
    • Consulta especializada: si hay dudas sobre la obligación o la valoración, solicita asesoramiento fiscal especializado.

    ¿Por qué conviene asesorarse con Asecon Consultores en Sevilla?

    Asecon Desarrollos Empresariales, S.L. (Asecon Consultores) emite circulares informativas sobre el Modelo 720 y ofrece asesoría fiscal para residentes y entidades. Para casos con criptomonedas, la valoración y la correcta identificación del criterio de “situación en el extranjero” pueden requerir análisis técnico; Asecon puede ayudarte a documentar y presentar la declaración en plazo.

    Datos de contacto
    Asecon Desarrollos Empresariales, S.L. — Avd. República Argentina, nº 27B 1ª, Sevilla 41011
    Tlf. 954 639 343 — info@aseconconsultores.com

    ¿Tienes criptomonedas en plataformas o wallets fuera de España y dudas sobre si debes presentar el Modelo 720?

    Contacta con Asecon Consultores en Sevilla para una revisión personalizada y evitar riesgos de sanción.

    Preguntas frecuentes

    ¿Debo declarar siempre mis criptomonedas en el Modelo 720?
    No necesariamente. La obligación depende de si el valor del bloque de monedas virtuales supera 50.000 € a 31 de diciembre o de las condiciones que determinan la obligación (primera vez que se supera, incremento >20.000 €, venta/pérdida o cambio de titularidad).

    ¿Cómo se valora una cartera de criptomonedas para el Modelo 720?
    La valoración debe seguir los criterios establecidos (saldos a cierre de ejercicio o saldos medios del cuarto trimestre según proceda). Guarda justificantes y exportes de movimientos para soporte documental.

    ¿Las criptomonedas en exchanges con sede en España se declaran?
    La circular se refiere a monedas virtuales “situadas en el extranjero”. Si la custodia o la sede de la plataforma es en España, la obligación por este bloque podría no concurrir; sin embargo, conviene comprobar la titularidad y el control real caso por caso.

    ¿Qué plazo tengo para presentar la declaración 2025?
    Según la circular compartida, el plazo de presentación relativo al ejercicio 2025 finalizaba el 31 de marzo de 2026. Si te corresponde presentar y no lo has hecho, contacta con asesoría para valorar acciones correctoras.

  • Declaración de la renta y criptomonedas: un quebradero de cabeza

    Si hay un tema, que desde hace ya algún tiempo trae de cabeza a todos los interesados en materia tributaria (desde los contribuyentes a la propia Agencia Tributaria, pasando por los asesores fiscales) es el de las criptomonedas.

    De hecho, han pasado ya casi 15 años desde la irrupción de la criptomoneda más icónica.

    ¿Qué está pasando con el Bitcoin?

    El Bitcoin es ahora cuando está recibiendo una mayor atención mediática a los múltiples problemas que se ponen de relieve a la hora de tributar correctamente por las operaciones que se realizan con estos novedosos criptoactivos.

    Las monedas digitales ha provocado, por un lado, que se multipliquen las formas de operar con ellas (hablamos de técnicas como el trading, el staking, la minería, las permutas, etc.)  y por otro lado, que esa proliferación de nuevas operativas, dificulte aún más su correcta declaración a efectos tributarios.

    Dentro de este auge, la declaración de la renta (que se ha de presentar entre los meses de abril y junio) representa el momento crucial para todo aquel que haya operado con criptomonedas durante el año 2021, ya que como regla general, los residentes fiscales en España han de declarar en el IRPF todas las rentas y ganancias obtenidas a lo largo del año anterior con independencia del lugar y la forma de su obtención.

    No obstante, esto no quiere decir que, cualquiera que haya realizado unas cuantas operaciones con criptomonedas, vaya a estar obligado a presentar la declaración de la renta incluyendo tales operaciones.

    El deber de tributar nace cuando se obtienen ganancias consolidadas (no basta con comprar criptomonedas y que estas aumenten su valor) y además, existe una cantidad mínima por debajo de la cual es posible que no se tenga la obligación de presentar la declaración (esa cantidad mínima es, con carácter general de 1.000€)

    En cualquier caso, la correcta declaración de las distintas operaciones que pueden llevarse a cabo con criptomonedas, precisa de un exhaustivo análisis de las circunstancias y de los datos concurrentes en cada caso.

    Pues de ello dependerá que deban incluirse o no en la declaración del IRPF y, a su vez, que deban hacerlo con una concreta calificación tributaria.

    Es por ello, por lo que recomendamos a todo aquel que se encuentre en una situación como la descrita que se ponga en contacto con nuestro departamento de asesores fiscales para que podamos orientarte sobre sus obligaciones tributarias y, en el caso de que esté obligado a tributar por ellas en el IRPF, ofrecerle asesoramiento para confeccionar y presentar la declaración de la renta.

    Si estás interesado en contratar nuestros servicios, destacar que en Asecon Consultores trabajamos con criptomonedas.

    No dudes en ponerse en contacto con nosotros, sin ningún tipo de compromiso, a través del correo electrónico: info@aseconconsultores.com

  • Legislación y tributación de las criptomonedas

    Las monedas digitales

    Las criptomonedas son activos o medios de intercambio digitales. A pesar de no poseer estatuto jurídico de moneda o dinero, adquieren un significado similar. Desde la creación de Bitcoin en 2009, las monedas digitales han ganado importancia internacional. Son divisas que, por el momento, se encuentran fuera del control de instituciones públicas e instituciones financieras y que utilizan la tecnología blockchain para asegurar y verificar las transacciones.

    Este tipo de transacciones digitales, sin embargo, aún no tiene una legislación específica. La Unión Europea, por su parte, pretende regular este mercado a través de la propuesta MiCA (markets in crypto-assets). A través de ella se busca garantizar la seguridad jurídica de este mercado, evitando de este modo las estafas digitales.

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