Novedades sobre la tributación de las criptomonedas
Se aplaza la obligación de declarar los saldos dispuestos en carteras de criptomonedas hasta 2024.
La Agencia Tributaria está trabajando en 3 modelos específicos para que los contribuyentes puedan declarar los saldos que disponen en monedas virtuales.
¿Cuándo estás obligado a declarar las criptomonedas?
Siempre. Siempre que de sus transacciones deriven pérdidas o ganancias patrimoniales.
Estas monedas virtuales, al ser aceptadas como objeto de cambio, las personas que las posean y operen con ellas pueden obtener pérdidas o ganancias con su actividad. En tal caso, Hacienda obliga a declararlas.
En el caso contrario, no existe obligación expresa, es decir, si ha obtenido pérdidas derivadas de actividades económicas con criptomonedas. Hacienda no te obliga a reflejarlo, aunque siempre recomendamos incluirlas para futuras compensaciones.
Esto no es ninguna novedad dado que ya se venía haciendo desde hace varias campañas
anteriores.
La novedad viene en los modelos específicos en los que está trabajando la Agencia Tributaria para la declaración de los saldos dispuestos en cartera de cada contribuyente, estos no entrarán en vigor hasta el próximo año 2024.
Por lo tanto, lo único que debe verse reflejado en su declaración de la renta 2022 las ganancias o pérdidas derivadas de las transacciones realizadas con criptodivisas.
¿Qué modelos tributarios específicos recogen la declaración de criptomonedas?
Los modelos sobre los que está trabajando la Agencia Tributaria tienen por objetivo, como
hemos dicho antes, la declaración de los contribuyentes de los saldos que disponen los contribuyentes en monedas virtuales.
Los modelos tributarios específicos donde se deben incluir las criptomonedas son:
- Modelo 172, donde se debe dejar constancia del saldo dispuesto.
- Modelo 173, donde refleja qué operaciones se han llevado a cabo con las mismas.
- Modelo 721 para aquellas personas que hayan realizado operaciones con estas monedas
en el extranjero.
¿Qué pasa si no declaro las criptomonedas este año?
Si ha realizado alguna operación económica de la que haya obtenido ganancias, pero no declara las declara, puede verse comprometido en un problema fiscal y puede ser sancionado con una multa de hasta 10.000 euros, según se recoge en la Ley contra Fraude, AEAT.
Asimismo, la Normativa Anti-Blanqueo de Capitales, AML, obliga a las plataformas en las que se opera con estas criptodivisas a cumplir con la normativa y constar en el Registro de Prestadores de Servicios de Dinero Electrónico. Todo usuario que disponga de ellas debe asegurarse de que su plataforma cumple con estos requisitos.
Para evitar una posible sanción o para realizar tu declaración de la renta de manera óptima, siempre es importante contar con un asesor fiscal especializado. En Asecon Consultores contamos con profesionales expertos en la regulación y tributación de criptomonedas. No
dudes en ponerte en contacto con nosotros para cualquier consulta referente a este área, te
asesoraremos encantados.